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Colegiado nº 8446 · ICA Alicante

Defensa penal para investigados, detenidos y acusados
Defensa penal

Defensa penal para investigados, detenidos y acusados

La defensa penal debe prepararse desde el primer minuto. Detención, declaración, instrucción, juicio, recursos y ejecución penal requieren estrategia técnica y acompañamiento real.

El primer minuto

Lo que se hace el primer día condiciona todo el procedimiento.

En un procedimiento penal, la mayoría de las posiciones se fijan muy pronto. La primera declaración, los objetos intervenidos, un mensaje enviado a la persona equivocada o una simple firma en dependencias policiales pueden condicionar el resto del proceso, incluso años después.

Nuestro trabajo empieza por entender exactamente qué se te atribuye: qué hechos, con qué calificación, con qué prueba y con qué vías de investigación abiertas. Solo con eso encima de la mesa se puede decidir si conviene declarar, qué diligencias hay que pedir con urgencia y qué riesgos reales existen de medida cautelar.

A partir de ahí la defensa se construye por escrito y por fases. Cada fase tiene sus plazos, sus recursos y su ventana de oportunidad. Perder una de esas ventanas rara vez se recupera en el juicio.

Intervenimos en delitos leves y en procedimientos de especial complejidad: delitos contra la vida y la integridad física, delitos sexuales, violencia de género y doméstica, patrimoniales y económicos, salud pública, seguridad vial, delitos informáticos, falsedades y orden público.

Fases del procedimiento

De la detención a la ejecución de la pena.

  • 01

    Asistencia al detenido

    Presencia inmediata en comisaría, dependencias de la Guardia Civil o juzgado de guardia. Entrevista reservada previa, control de la información de derechos y decisión sobre la declaración.

  • 02

    Declaración policial y judicial

    Preparación de la declaración con el atestado analizado. Guardar silencio es un derecho, no una confesión: se decide según lo que consta y lo que falta en el expediente.

  • 03

    Fase de instrucción

    Escritos de defensa, solicitud de diligencias, periciales de parte, impugnación de informes, testigos y recursos frente a las resoluciones del juzgado instructor.

  • 04

    Medidas cautelares y prisión provisional

    Oposición en la comparecencia del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, alternativas menos gravosas, fianza, retirada de pasaporte y recursos de reforma y apelación.

  • 05

    Escrito de defensa y juicio oral

    Calificación de los hechos, prueba propuesta, cuestiones previas, interrogatorios e informe final ante el Juzgado de lo Penal, la Audiencia Provincial o el Tribunal del Jurado.

  • 06

    Conformidades y penas

    Cuando interesa al cliente, negociación con Fiscalía y acusaciones: atenuantes, reparación del daño, suspensión de la pena y evitación del ingreso en prisión.

  • 07

    Recursos penales

    Apelación ante la Audiencia Provincial o el Tribunal Superior de Justicia, casación ante el Tribunal Supremo y amparo ante el Tribunal Constitucional cuando procede.

  • 08

    Ejecución penal

    Suspensión y sustitución de condena, fraccionamiento de multas, trabajos en beneficio de la comunidad, clasificación penitenciaria, permisos y libertad condicional.

Pasillo de columnas de un edificio judicial
Lo que no conviene hacer

Seis errores que vemos cada semana.

  • Declarar sin haber leído el atestado ni haber hablado antes con el abogado.
  • Contar la versión “por teléfono” a la persona equivocada y dejar rastro escrito.
  • Borrar mensajes, fotografías o dispositivos: casi siempre se recupera y agrava la posición.
  • Contactar con la denunciante cuando hay una orden de alejamiento en vigor.
  • Dejar pasar los plazos de recurso confiando en que “se arreglará en el juicio”.
  • Ir a un juicio rápido sin abogado propio para “quitarlo de encima”.
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